El Gobierno oficializó la nueva fórmula de movilidad jubilatoria

En la semana en que el retomará las cada vez más visibles conversaciones con el Fondo Monetario Internacional para analizar si concretarán un programa nuevo, el Gobierno activó por decreto un cambio en el esquema de actualización jubilatoria y dio espacio así a uno de los reclamos que había explicitado el organismo en las últimas semanas: que el fuerte ajuste fiscal deje de estar sostenido en el gasto previsional.

Fue publicado el DNU en el Boletín Oficial. La nueva fórmula de movilidad jubilatoria impactará en los haberes recién a partir de julio. Para abril, mientras tanto, se aplicará un ajuste del 12,5% decidido por el Gobierno, más adelantos todavía no precisados de la movilidad correspondiente a junio que llevarán la mínima a 172.00, lo que hará que nadie cobre menos de 204.445 pesos. Estos tres meses ajuste a los jubilados. 

El Gobierno activó la nueva fórmula jubilatoria para cumplir con un pedido del FMI y negocia un nuevo acuerdo.

El organismo había planteado que los haberes tienen que mantener el poder de compra. Luis Caputo dijo que “es difícil decir si habrá acuerdo” y se reunirá esta semana con un alto funcionario del Fondo Monetario. 

“Desde abril los jubilados van a cobrar los aumentos mensuales ajustados por el índice de precios al consumidor. Además se va a aplicar el bono de $70.000. Esto da un aumento de alrededor del 62% en lo que va del año. En abril, la recomposición a jubilados va a ser con el IPC de febrero más el 12,5%. En julio empieza a regir de manera plena la nueva fórmula”, detalló el vocero de la presidencia, Manuel Adorni.

Para los meses siguientes, en el bolsillo de los jubilados seguirá impactando esta forma de medir la inflación, es decir, sobre el haber base se suma la inflación.

Pero, la norma fue redactada con la obligación legal de mantener la fórmula de jubilatoria movilidad jubilatoria vigente hasta el 1° de julio.

En consecuencia, en los meses de mayo y junio el haber final también será ajustado por la inflación de marzo y abril (lo que se conoce cono t-2), pero la forma de llegar a ese número será la siguiente. Se abonará bajo la forma de “pago a cuenta”, dado que ese porcentaje deberá calcularse en base a la ley aún vigente que es trimestral.

Por ejemplo, si con la ley actual el trimestre (abril, mayo junio) dio un aumento del 17% y la inflación fue del 20%, cobrarán los 3 puntos adicionales.

Dado que en julio ya queda derogada la ley actual, se comienza con el cálculo directo con la inflación de mayo.

Lo que quedará en forma discrecional a cargo del Poder Ejecutivo será el monto de los bonos, que en caso de no actualizarse favorecerán la licuación de los haberes jubilatorios.

El ajuste por inflación hace que no exista ningún mecanismo para que los haberes jubilatorios recuperen el poder adquisitivo perdido.

Con información de infobae y elDiario Ar. 

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